El acta notarial previa a la formalización del préstamo hipotecario, comúnmente denominada acta de transparencia al tener el objetivo de cumplir con el requisito de transparencia material, está regulado al artículo 15 de la ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario.  Se trata de un documento notarial que garantiza que la persona o personas que van a suscribir el préstamo hipotecario han recibido toda la documentación e información necesaria para poder comprender el alcance de las obligaciones que están asumiendo. El Notario informará individualmente de las condiciones del préstamo hipotecario que va a suscribir, y aclarar todas las dudas que pueda tener. La documentación que se tendrá que explicar en el acta previa a la formalización del préstamo hipotecario es la siguiente:

1- La FEIN (Ficha Europea de Información Normalizada)  

Es el documento que hace constar toda la información referente al préstamo, y que tendrá la consideración de oferta vinculante durante el tiempo que se establezca en el mismo. En la FEIN deberá constar, entre otros:

  1. La información general del banco que concede la hipoteca
  2. Documentación sobre el intermediario del crédito si lo hay
  3. Las características principales del préstamo como el importe total del préstamo, el tipo de interés que se aplica y cómo se descuenta éste del capital a través de los cuadros de amortización
  4. Información relativa a la periodicidad y número de pagos totales del préstamo
  5. El importe de las cuotas mensuales y su variación en función del tipo de interés
  6. Los datos sobre las condiciones del reembolso anticipado
  7. Información sobre cómo y dónde se puede reclamar
  8. Las consecuencias de incumplir lo estipulado en el préstamo

2- LA FIAE (Ficha de Advertencias Estandarizadas) 

Es un documento complementario a la FEIN que tiene el objetivo de ampliar información en relación a las cláusulas más relevantes y con más trascendencia.  Se ha de informar, entre otros, de las cláusulas relativas a la limitación de la baja de variabilidad del tipo de interés ( las famosas cláusulas suelo), la posibilidad del vencimiento anticipado y los costes que supondría, las implicaciones sobre la cuota mensual de una subida del tipo de interés si o los riesgos de los préstamos en moneda extranjera. 

3- Documento que haga referencia especial a las cuotas periódicas en diferentes escenarios de evolución de los tipos de interés

Este documento se aportará en caso de tratarse de un préstamo a tipo de interés variable. Se trata de un documento separado con una referencia especial a las cuotas periódicas a satisfacer por el prestatario en diferentes escenarios de evolución de los tipos de interés, una simulación de las cuotas hipotecarias según la evolución del tipo de interés en diferentes escenarios. 

4- Una copia del proyecto de contrato

Deberá reflejar el contenido de la información expresada en los tres documentos anteriormente explicados. Deberá incluir también la totalidad de los gastos asociados a la firma del contrato. 

5- Condiciones de las garantías de los seguros

Si la entidad de crédito requiera al consumidor la contratación de una póliza de seguro de garantía del cumplimiento de las obligaciones del contrato, o subscribirse a un seguro de daños respecto del inmueble objeto de la hipoteca y del resto de seguros previstos en la normativa del mercado hipotecario, deberá entregar al prestatario por escrito las condiciones de las garantías del seguro que exige. 

6- Documento que desglose los gastos que corresponden al prestamista y los que corresponden al prestatario

En líneas generales, los gastos relativos a los aranceles notariales, gestoría e inscripción de las garantías en el registro de la propiedad los asumirá la entidad bancaria. El prestatario tendrá que asumir los gastos de tasación del inmueble y las copias que convengan de la escritura pública. 

Para tener más información en relación a la documentación que se tiene que aportar para formalizar un préstamo hipotecario, haz clic aquí. 

Advertencia: la documentación a aportar en cada escritura puede variar en función de las particularidades de cada caso. Le recomendamos que contacte con nuestra notaría para obtener información personalizada.

7.-Aranceles notariales

Los aranceles notariales son los medios por los que se retribuye la función notarial y el sistema con el que se financia la seguridad jurídica preventiva.