¿Qué son los ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS?

Los actos jurídicos documentados, abreviado habitualmente como AJD, se encuentran regulados en los artículos del 27 al 44, del Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de Setiembre. Se encuentra aprobado en el Texto Refundido de la Ley de Impuestos de transmisiones patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Es un gravamen que procede de la Administración Pública y cobra la Comunidad Autónoma como modo indirecto de financiar la institución.

Este tributo se aplicará en los documentos notariales, documentos mercantiles y documentos administrativos, que reflejen transmisiones patrimoniales onerosas, operaciones societarias y actos jurídicos documentados. también se le conoce como impuesto de las hipotecas.

En los documentos notariales existen dos tipos de gravámenes:

  1. Cuota fija: que se emplea para las matrices y las copias de las escrituras y actas notariales. También para el empleo de testimonios, que deben proceder a realizarse con papel timbrado (salvo copias simples). 
  1. Cuota variable. Las primeras copias de escritura y actas notariales, cuando tengan por objeto cantidad o cosa valuable, tengan actos o contratos inscribibles en los Registros de la Propiedad, Mercantil, de la Propiedad Industrial y de bienes inmuebles.

¿Qué es el acto jurídico documentado en un préstamo con garantía hipotecaria?

Es el tributo que grava un préstamo con garantía hipotecaria y que tiene como base, el capital, los intereses y las costas que son garantizadas con la hipoteca. Se exige el pago del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) una vez otorgada la escritura pública. El impuesto es estatal, y actualmente está gestionado y cobrado por la pertinente Comunidad Autónoma de donde se realiza la hipoteca, ya que recordemos, que los tributos de ese tipo son actualmente una competencia transferida.

Legislación

El gravamen de los Actos Jurídico Documentados en materia de préstamos con garantía hipotecaria, no ha dejado de ser un asunto controvertido desde la modificación de la Ley sobre los tributos  del ITP (Impuesto transmisiones patrimoniales) y el AJD (Acto jurídico documentado), ambas sujetas al mismo texto legal. 

El pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, dictó sentencias en esta materia contradictorias. Al final mantuvo la interpretación de que el impuesto lo debía pagar el cliente del Banco, es decir, el prestatario. Finalmente, el Real Decreto-Ley 17/2018, de 8 de noviembre, modifica el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones patrimoniales y Actos Jurídicos documentados , aprobado por el Real Decreto legislativo 1/1993, de 24 de Septiembre.

Con esta modificación, el artículo 68.2 del Reglamento de Impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, que en ese momento establecía que era el prestatario el sujeto pasivo que corría a su cuenta el importe del gravamen , fue objeto de reforma.

¿Quién es el sujeto pasivo en el impuesto de los actos jurídicos documentados?

Desde la nueva modificación de la Ley aprobada por el Gobierno, el sujeto pasivo pasará a ser el prestamista, es decir, la Entidad bancaria que acordó el contrato de préstamo hipotecario. De forma que, deja de serlo el prestatario, como ocurría con la regulación anterior. 

¿Cuánto tiempo tengo para pagar el impuesto de actos jurídicos documentados?

El sujeto pasivo tendrá el plazo de un mes para gravar este tributo en las arcas del Estado. Si se supera el plazo permitido para el pago, el sujeto responderá con intereses moratorios, es decir, los intereses de los intereses. 

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