¿Qué implica la Aceptación de una herencia?

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Te explicaremos con detalle que documentación que se tiene que aportar a la notaría para poder realizar una escritura notarial de Aceptación de herencia.

Como notarios con más de 30 años de experiencia, en la Notaría Bosch-Bages de Barcelona te podemos ofrecer un servicio adecuado a tus necesidades e informarte de todos los aspectos relacionados con este tipo de escritura pública notarial.

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    Documentos necesarios para Aceptar una Herencia

    Te ofrecemos una relación completa de todos los documentos necesarios para realizar una aceptación de herencia.

    1- Documentos identificativos de los herederos y legatarios

    Para realizar la aceptación de herencia serán necesarios los Documentos Nacionales de Identidad ( N.I.E o pasaporte en su caso) de todos los herederos y legatarios del causante, así como sus datos personales: estado civil, profesión y dirección actual.

    2- Certificado de defunción

    El certificado de defunción es el documento oficial que acredita la defunción de un ciudadano. Los Registros Civiles o consulados españoles son quienes se encargan de emitirlo, y contiene los siguientes datos: el nombre completo del fallecido y de sus padres, el estado civil, la nacionalidad, los datos de inscripción de nacimiento, el último domicilio, el día y lugar de defunción y el lugar de enterramiento. Se puede obtener al Registro Civil o a la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia.

    3- Certificado de últimas voluntades

    El certificado de últimas voluntades es el documento que acredita cuales son los testamentos, codicilos y pactos sucesorios que realizó el difunto. A través del certificado, los herederos podrán saber dónde se firmó el último testamento, que será el válido, y solicitar en la Notaría pertinente una copia autorizada del mismo. Este documento es de obligada aportación aunque los herederos dispongan de esta información, para garantizar que se realiza la aceptación de herencia con el último testamento otorgado. Se puede obtener al Registro Civil o a la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia.

    4- Copia auténtica del testamento

    Si no disponen de la copia auténtica del testamento del causante, la tendrán que solicitar a la Notaría. Para solicitar una copia auténtica se requiere el Certificado de defunción y el Certificado de últimas voluntades. Si el testamento tiene más de 25 años de antigüedad, tendrán que contactar con el Colegio de Notarios de Barcelona

    5- Escrituras y sus correspondientes recibos de I.B.I (Originales)

    Se tendrán que aportar a la Notaría las escrituras de todos los bienes o derechos del causante para poder hacer el inventario.

    El Impuesto sobre Bienes Inmuebles, más conocido como IBI, es una tasa que tienen que afrontar cada año los propietarios de una vivienda. Sin lugar a dudas, el pago del IBI. es una de las tasas más populares que pueden afectar a la propiedad de un inmueble.

    6- Certificados bancarios con los saldos a fecha de defunción, de títulos valores, acciones, cuentas corrientes…

    Se tendrán que solicitar los certificados bancarios con los saldos a fecha de defunción de cuentas corrientes, acciones, títulos valores… a todas las entidades bancarias con las que el difunto tenía relación. Cada entidad bancaria tiene su propio procedimiento, pero normalmente para acceder a esta información le requerirán el Certificado de defunción, el Certificado de últimas voluntades y la copia auténtica del testamento.

    7- En caso de vehículos, permiso de circulación y valoración según la Generalitat

    8- Gastos de entierro y funeral y de última voluntad

    Se tendrá que aportar una factura de los gastos de entierro y funeral y de última voluntad solamente en aquellos casos en que el difunto no estuviera cubierto por un seguro.

    9- Deudas dejadas por el causante

    Se tendrán que aportar a la Notaría todas las deudas que tuviera el causante en el momento de su defunción, que podrán ser préstamos, el I.B.I, la declaración de la renta…

    Documentación adicional para realizar la herencia si el fallecido no hubiera hecho testamento

    10- Libro de familia del fallecido.
    11- DN. del fallecido o, en su defecto, certificado de empadronamiento.
    12- Datos personales de dos testigos

    Deben ser mayores de edad, que hubieran conocido al fallecido (sin ser familiares), nombre, apellidos, estado civil, dirección y número de D.N.I).

    La Notaría Bosch-Bages de Barcelona tiene un equipo de más de 20 personas que te ofrecen el catálogo completo de servicio notariales que pueda requerir cualquier persona, empresa o entidad.

    Especializados y con una amplia experiencia contrastada en los aspectos más complejos como las herencias, testamentos, escrituras hipotecarias, etc. No dudes en pedir cita si tienes cualquier necesidad.

    Conceptos de aceptación de herencia


    Certificado de defunción Ver ficha

    El certificado de defunción es el documento oficial que acredita la defuncion de un ciudadano. Los Registros Civiles o consulados españoles son quienes se encargan de emitirlo, y contiene los siguientes datos: el nombre completo del fallecido y de sus padres, el estado civil, la nacionalidad, los datos de inscripción de nacimiento, el último domicilio, el día y lugar de defunción y el lugar de enterramiento. (Etiquetas: Aceptación de herencia).

    Certificado de últimas voluntades Ver ficha

    El certificado de últimas voluntades es el documento que acredita cuales son los testamentos, codicilos y pactos sucesorios que realizó el difunto. A través del certificado, los herederos podrán saber dónde se firmó el último testamento, que será el válido, y solicitar en la Notaría pertinente una copia autorizada del mismo. Este documento es de obligada aportación aunque los herederos dispongan de esta información, para garantizar que se realiza la aceptación de herencia con el último testamento otorgado. (Etiquetas: Aceptación de herencia).

    Certificados bancarios con los saldos a fecha de defunción Ver ficha

    Se tendrán que solicitar los certificados bancarios con los saldos a fecha de defunción de cuentas corrientes, acciones, títulos valores... a todas las entidades bancarias con las que el difunto tenía relación. Cada entidad bancaria tiene su propio procedimento, pero normalmente para acceder a esta información le requerirán el Certificado de defunción, el Certificado de últimas voluntades y la copia auténtica del testamento. Google Maps (Etiquetas: Aceptación de herencia).

    Comunidad hereditaria Ver ficha

    Situación hereditaria que nace con la aceptación de la misma herencia por varios herederos, y finaliza con la partición de esta....
    Los diferentes herederos tienen derecho no sobre bienes hereditarios concretos, sino sobre el conjunto que integra el contenido de la herencia, de forma que se crea una comunidad entre los cotitulares.  Fuente: Derecho de sucesiones de Cataluña de Javier Gómez Taboada. Editorial Lex Nova, S.A.

    BOE - Libro IV Código Civil de Cataluña (Etiquetas: Herederos,Herencia,Aceptación de Herencia).

    Copia auténtica del testamento Ver ficha

    Si no disponen de la copia auténtica del testamento del causante, la tendrán que solicitar a la Notaría. Para solicitar una copia auténtica se requiere el Certificado de defunción y el Certificado de últimas voluntades. Si el testamento tiene más de 25 años de antigüedad, tendrán que contactar con el Colegio de Notarios de Barcelona. (Etiquetas: Aceptación de herencia).

    D.N.I del fallecido o, en su defecto, certificado de empadronamiento. Ver ficha

    Solamente será necesario aportarlo en los casos dónde se abra la sucesión intestada, es decir, en los que el difunto no haya otorgado testamento. Google Maps (Etiquetas: Aceptación de herencia).

    Deudas dejadas por el causante Ver ficha

    Se tendrán que aportar a la Notaría todas las deudas que tuviera el causante en el momento de su defunción, que podrán ser préstamos, el I.B.I, la declaración de la renta... Google Maps (Etiquetas: Aceptación de herencia).

    Documentos identificativos de los herederos y legatarios Ver ficha

    Los Documentos Nacionales de Identidad ( N.I.E o pasaporte en su caso) de todos los herederos y legatarios del causante, así como sus datos personales: estado civil, profesión y dirección actual. Google Maps (Etiquetas: Aceptación de herencia).

    Dos testigos Ver ficha

    En los casos dónde se abra la sucesión intestada, es decir, en los que el difunto no haya otorgado testamento, se requerirán dos testigos mayores de edad que hubieran conocido al fallecido (sin poder ser familiares). Se requerirán sus datos personales: nombre, apellidos, estado civil, dirección y número de D.N.I. Igualmente, tendrán que asistir a la Notaría para firmar el acta de notoriedad de declaración de herederos abintestato. Google Maps (Etiquetas: Aceptación de herencia).

    Escrituras y sus correspondientes recibos de I.B.I Ver ficha

    Se tendrán que aportar a la Notaría las escrituras de todos los bienes o derechos del causante para poder hacer el inventario. Google Maps (Etiquetas: Aceptación de herencia).

    Gastos de entierro y funeral y de última enfermedad Ver ficha

    Se tendrá que aportar una factura de los gastos de entierro y funeral y de última voluntad solamente en aquellos casos en que el difunto no estuviera cubierto por un seguro. Google Maps (Etiquetas: Aceptación de herencia).

    Libro de família del fallecido Ver ficha

    Solamente será necesario aportarlo en los casos dónde se abra la sucesión intestada, es decir, en los que el difunto no haya otorgado testamento. Google Maps (Etiquetas: Aceptación de herencia).

    Permiso de circulación de los vehículos Ver ficha

    Carnet de conducir que acredita el tipo de vehículos autorizados. Google Maps (Etiquetas: Aceptación de herencia).

    Tipos de aceptación de la herencia Ver ficha

    La aceptación puede ser pura y simple, o puede quedar limitada a beneficio de inventario. ...
    La aceptación pura y simple supone que el heredero responde a las obligaciones y deudas del causante, incluso con el patrimonio personal del heredero. En cambio, la aceptación a beneficio de inventario, impide la fusión del patrimonio del causante con el del heredero, limitando las obligaciones del causante a responder con los bienes y patrimonio de este, sin interferir en los bienes y derechos del patrimonio personal propio del heredero.     Fuente: Derecho de sucesiones de Cataluña de Javier Gomez Taboada. Editorial Lex Nova, S.A.

    BOE - Libro IV Código Civil de Cataluña (Etiquetas: Herencia,Herederos,Aceptación de Herencia).

    Servicios online de la notaría de Barcelona

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    Este tipo de servicio notarial online es ideal cuando no se requiere la elaboración de documentos. Haga clic en este enlace: notaria online para pedir información.

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