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TweetCuantía de la legitima en Cataluña

La cuantía de la legítima es una cuarta parte del valor de la herencia, la cual se dividirá por la cantidad de legítimas que procedan por partes iguales. La legítima se deduce de la valoración de los bienes y derechos que estos tenían al tiempo de la muerte del causante.



Los legitimarios no reciben cada uno una cuarta parte de la herencia, es esa cuarta parte la que se repartirá en todas las legítimas existentes.   Fuente: Derecho de sucesiones de Cataluña de Javier Gomez Taboada. Editorial Lex Nova, S.A.
BOE - Libro IV Código Civil de Cataluña
Etiquetas: Legítima, Herencia.

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