Este diccionario forma parte de los servicios relacionados con herencias que se explican en nuestra página web. El objetivo es que las personas que están planificando una herencia o van a recibirla puedan conocer con detalle la definición de todos los términos relacionados con este importante acto que se incluye dentro del Derecho de Sucesiones.

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TweetProhibición sucesoria

Prohibición impuesta por el testador o donante al beneficiario que adquiere los bienes o derechos.



Prohibición impuesta por el testador o donante al beneficiario que adquiere los bienes o derechos, cuando estas se transmiten a título gratuito (donaciones), sean inter vivos o mortis causa, debido a que el beneficiario se le entrega los bienes a cambio de nada. Las restricciones y límites no podrán exceder de treinta añoscomo máximo, de la vida de una persona. La Ley Hipotecaria, admite la  inscripción al Registro de la Propiedad para garantizar su cumplimiento (artículo 26 LH).  Fuente: Derecho de Sucesiones de Cataluña de Javier Gómez Taboada. Editorial Lex Nova, S.A.
BOE - Libro IV Código Civil de Cataluña
Etiquetas: Herencia.

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