Este diccionario forma parte de los servicios relacionados con herencias que se explican en nuestra página web. El objetivo es que las personas que están planificando una herencia o van a recibirla puedan conocer con detalle la definición de todos los términos relacionados con este importante acto que se incluye dentro del Derecho de Sucesiones.

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TweetCuarta Trebeliánica

Es un Derecho del heredero fiduciario. 



 Institución propia del Derecho Catalán y mallorquín, con la función de incentivar la aceptación por parte del heredero fideicomisario. El Fideicomisario tiene por objeto conservar y entregar los bienes hereditarios y trasmitirlos a los sustitutos a cambio de obtener el derecho a una cuarta parte de los bienes y derechos integrantes del fideicomiso.     Fuente: Derecho de sucesiones de Cataluña de Javier Gomez Taboada. Editorial Lex Nova, S.A.
BOE - Libro IV Código Civil de Cataluña
Etiquetas: Herencia.

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