Este diccionario forma parte de los servicios relacionados con herencias que se explican en nuestra página web. El objetivo es que las personas que están planificando una herencia o van a recibirla puedan conocer con detalle la definición de todos los términos relacionados con este importante acto que se incluye dentro del Derecho de Sucesiones.

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TweetPartición judicial

A última instancia, cuando las partes no se pongan de acuerdo, y de forma subsidiaria a las otras opciones, se podrá acudir a la partición judicial, siendo el juez quien designe a las partes la partición y concreción de la herencia. Fuente: Derecho de sucesiones de Cataluña de Javier Gomez Taboada. Editorial Lex Nova, S.A.
BOE - Libro IV Código Civil de Cataluña
Etiquetas: Herederos.

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